

"Sembrando educación para el progreso"


Derechos Sexuales y Reproductivos.
Estos derechos son los siguientes:
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Derecho a la educación y la información.
Los jóvenes tienen derecho a conocer su cuerpo, cómo funciona y las formas de evitar riesgos y enfermedades relacionadas con su salud sexual y reproductiva. La información y educación adecuada te permitirán tomar decisiones libres y responsables.
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Derecho a la Vida.
Este derecho lo tienen por igual hombres y mujeres, pero en materia de derechos sexuales y reproductivos, se relaciona particularmente con el derecho de las mujeres a no morir por causas evitables relacionadas con el embarazo o parto.
Esto implica que:
La mujer tiene derecho a no poner en riesgo o peligro su vida por razones de embarazo.
¿Cuándo corre peligro la vida de una mejer por un embarazo?
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Por un aborto realizado en condiciones inseguras (por personal no capacitado o en un lugar inadecuado)
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Cuando queda embarazada antes de los 16 0 después de los 35 años.
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Cuando los embarazos son muy numerosos (más de 5 o hasta 3 cesáreas) o demasiado seguidos (1 por año).
la mujer tiene derecho a evitar un embarazo que ponga en peligro su vida.
Derecho a la igualdad y a estar libre de toda discriminación.
Toda persona tiene derecho a un trato respetuoso.
La discriminación consiste en tratar igual lo que es distinto, y en tratar distinto lo que es igual. La igualdad no significa uniformidad.
Esto implica que:
Los hombres y las mujeres deben tener las mismas posibilidades de educarse y trabajar.
Ninguna mujer podrá ser despedida de su trabajo o establecimiento educativo por estar embarazada.
A ninguna mejer se le puede exigir prueba de embarazo para acceder a un empleo o concursar para una beca, etc.
Ninguna persona requiere autorización del cónyuge o compañero(a) para planificar con cualquier método (incluyendo la ligadura de trompas o vasectomía).
“No hay trabajos para hombres ni trabajos para mujeres”. Todas las labores dentro y fuera del hogar deberán ser compartidas por hombres y mujeres en condiciones de igualdad.
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Derecho a una vida libre de violencia.
Nadie debe agredirle física, psicológicamente, sexual o económicamente.
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Derecho a la libertad de pensamiento.
En lo relacionado con su vida sexual y reproductiva, toda persona tiene derecho a pensar y obrar libremente.
Esto implica que:
Ni la religión, ni el partido político, ni la cultura deben limitar a la persona en su forma de pensar o actuar frente a su vida sexual y reproductiva.
La libertad de pensamiento sobre salud sexual y reproductiva no debe verse limitada por las ideas de tipo religioso, filosófico o cultural.
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Derecho a la libertad y seguridad.
Puedes decidir libre y voluntariamente si quieres o no tener relaciones sexuales, con quién y con qué frecuencia y no debes ser objeto de prácticas que pongan en riesgo tu salud.
Esto implica que:
Nadie puede ser forzado(a) por otra persona (ni si quiera por el cónyuge) a tener relaciones sexuales.
Todos(a) tenemos derecho a expresar nuestra preferencia sexual y a elegir el(la) compañero(a) sexual.
Ninguna mujer puede ser forzada a tener un embarazo o un aborto, ni ser sometida a una intervención sin su consentimiento libre e informado.
Cualquier intervención médica relacionada con la salud sexual y reproductiva debe ser autorizada por la persona a la que se le va a practicar.
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Derecho a la privacidad.
Todas las personas tienen derecho a que se respete su intimidad. Los prestadores de servicios están obligados a guardar el secreto profesional.
Esto implica que:
la información que el personal de salud tiene, relacionada con la vida sexual y reproductiva de una persona debe mantenerse en reserva y es parte de la vida privada del (la) paciente.
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Derecho a la atención y protección de la salud.
Toda persona tiene derecho a disfrutar de una vida sexual satisfactoria, libre de riesgos y a desarrollar su vida y relaciones de pareja en buenas condiciones.
Esto implica que:
Toda persona tiene derecho a la calidad más alta posible en la atención de la salud sexual y reproductiva.
Los (as) usuarios (as) de los servicios de salud sexual y reproductiva tienen derecho a exigir que la calidad de tales servicios sea óptima.
Tienes derecho a recibir atención oportuna, amigable y adecuada a las necesidades de los y las jóvenes.
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Derecho a los beneficios del progreso científico.
Tienes derecho a acceder a los beneficios que la ciencia te brinda.
Esto implica que toda persona puede disponer de métodos modernos, seguros y aceptables para regular su fecundidad y a estar informados sobre ellos.
El progreso científico no debe atentar contra la dignidad de las personas.
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El derecho a la libertad de reunión y participación política.
Todas las personas tienen derecho a asociarse para promover el reconocimiento y ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos y por ende el disfrute de una adecuada salud sexual y reproductiva.
Esto implica que:
Todas las personas tienen derecho a organizarse en busca del respeto, libre ejercicio y garantía de los derechos sexuales y reproductivos.
La organización de grupos que compartan los mismos intereses (mujeres, jóvenes, homosexuales, etc9 es importante para el reconocimiento, la obtención y afirmación de los derechos sexuales y reproductivos.
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El derecho a no ser sometido a torturas y maltratos.
Toda personatiene derecho a una vida libre de violencia.
Esto implica que:
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Toda persona tiene derecho a no ser agredida (física ni verbalmente por su compañera o compañero sexual, ni por ninguna otra persona.
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Nadie puede ser forzado(a) a tener relaciones sexuales.
En las relaciones de pareja debe primar la igualdad, la libertad y el respeto recíproco entre sus integrantes.
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El derecho a decidir si se tienen hijos o no y cuando tenerlos.
Toda persona, hombre o mujer, debe tener a su alcance la más amplia información y servicios relacionados con los métodos modernos, seguros y aceptables para regular la fecundidad incluida la anticoncepción de emergencia.
Esto implica que:
Cualquier persona, hombre o mujer, tiene derecho a elegir libremente el número de hijos que quiere tener y el espaciamiento de los mismos.
No se requiere la autorización del cónyuge o el compañero sexual para planificar ni elegir el método, cualquiera que éste sea.
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Derecho a optar por contraer matrimonio o no, y a formar o no una familia.
Toda persona, hombre o mujer tiene derecho a elegir si se casa, cuándo y con quién.
Esto implica que:
Ninguna persona, por ninguna razón, puede ser obligada a contraer matrimonio.
Ninguna persona está obligada a permanecer casada ni unida a alguien con quien ya no es feliz.
La decisión de casarse o de vivir en pareja debe ser tomada con plena libertad.
Finalmente, es importante señalar que, la Educación Sexual Integral enfoca su atención en el desarrollo sexual saludable de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, teniendo en cuenta las particularidades de cada etapa de desarrollo. Al respecto, se considera que ellas y ellos expresan un desarrollo sexual saludable cuando:
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Encuentran en su sexualidad una fuente de bienestar y placer a través de la expresión
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auténtica de sentimientos y afectos.
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Valoran y cuidan su cuerpo, así como, la salud y el bienestar de las personas que los rodean.
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Manifiestan en su comportamiento las características propias de la sexualidad que
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corresponden a la etapa del ciclo vital que les toca vivir.
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Son agentes de su propio cuidado y desarrollo sexual, habiendo fortalecido factores de
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protección que les permitan anticiparse y evitar comportamientos y situaciones de riesgo.
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Tienen comportamientos responsables, libres de prejuicios y toman decisiones de manera autónoma.
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Son conscientes de sus actos y deseos, asumiendo una actitud crítica y reflexiva frente a las prácticas y representaciones sociales que sus contextos socioculturales establecen con respecto a la sexualidad.
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Buscan y reciben información actualizada y científica con respecto a temas de educación sexual.
Construyen espacios de relación democrática y de respeto a los derechos humanos.


" POR UNA IDENTIDAD Y SALUD SEXUAL EN LA INSETAP”



